El autoconsumo en el contexto energético actual

El auge de las energías renovables ha provocado por una continua evolución de acciones y normativas hasta llegar al panorama actual. La importancia de este contexto presente radica también en que marcará las líneas a seguir en las futuras medidas sobre autoconsumo energético a nivel industrial.

Las empresas siguen marcándose objetivos con los que seguir avanzando en cuanto a las acciones de transición ecológica en el consumo eléctrico.

Tres claves confluyendo entre sí

Esta transición ecológica en el ámbito industrial tiene la sostenibilidad como su mayor premisa, llegando a favorecer a las empresas con tres valores fundamentales para la rentabilidad:

  • Competitividad. Las instalaciones fotovoltaicas conllevan un ahorro de la energía que ronda entre el 30 y el 40 por ciento. Como consecuencia, el gasto en la producción del resultado final es mucho menor, pudiendo ser mucho más competitivo en el mercado con respecto a los competidores.
  • Seguridad de suministro. Los equipos electrónicos fotovoltaicos que se instalan ejercen la función de estabilizar la red. De esta forma, se evitan fallos eléctricos que provoquen paradas de la maquinaria durante el proceso productivo.
  • Sistemas energéticos inclusivos y justos. Todos pueden tener acceso al autoconsumo energético.

Plan Nacional Integrado de Energía y Clima

Este plan ha entrado en una década importante para potenciar el consumo de las renovables. El objetivo es alcanzar un uso de estas energías en el sistema eléctrico que supere el 40 % en 2030, año marcado por la Unión Europea para reducir considerablemente la emisión de gases de efecto invernadero. En el caso de España, se pretende reducir estas emisiones en un 23 % con respecto a lo que se producía a finales del siglo pasado.

Dentro del PNIEC 2021-2030, se establece un avance para cada tipo de energía renovable según el marco europeo. Entre ellas, la fotovoltaica será una de las que más crezca y tendrá una de las presencias más destacada. Podéis verlo en el siguiente gráfico.

En total, la energía eléctrica renovable supondrá un 74 % del consumo total.

España como zona clave para el autoconsumo energético renovable

Dentro de la Unión Europea, nuestro país posee unas características que lo convierten en idóneo para incrementar el uso de energías renovables. Entre ellas, la fotovoltaica ocupa un papel primordial junto a la eólica y la hidráulica.

España lleva año aplicando esta explotación de los recursos, por lo que cuenta con una experiencia previa que nos mantiene a la cabeza en innovación energética a nivel mundial. En el caso de la fotovoltaica, el gran número de horas de sol y la temperatura son aliados perfectos para conseguir el autoconsumo energético.

Además, los contadores inteligentes compensan energía y consiguen sistemas avanzados de telemedida que favorecen el ahorro.

El marco normativo

Varias legislaciones regulan la aplicación del autoconsumo:

RD 244/2019 sobre condiciones técnicas, administrativas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. Este Real Decreto establece que el autoconsumo se debe instalar dentro de la propia red interior mediante tres tipos de instalaciones: sin excedentes, con excedentes por compensación y con excedentes sin compensación.

Gracias a esta normativa, los trámites no necesitan permisos de acceso y conexión. Tampoco podemos olvidar que el contrato de acceso con la compañía distribuidora se realizará de oficio con hasta 100 kW se producirá la inscripción automática en el Registro P ≤100kW y con suministro/generación en baja tensión. Sobre la parte técnica gracias al RD 244/2019, se simplifica al hacer falta solo un contador bidireccional

En cuanto al régimen económico, se establecen varias posibilidades en función del tipo de autoconsumo:

  • Excedente con compensación: venta a mercado o compensación mensual de excedentes.
  • Sin compensación: venta al mercado.

Por otro lado, el año pasado se aprobó el RD 23/2020 en materia de energía. El objetivo de esta normativa reciente es impulsar a las energías renovables durante la próxima década, con un nuevo sistema de subastas y una optimización de los plazos de respuesta de la administración. Para ampliar información, os recomendamos el artículo que dedicamos a este real decreto sobre energía.

Análisis del nuevo Real Decreto 1183/2020 de acceso y conexión a la energía eléctrica

El pasado 30 de diciembre se publicó el nuevo Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. Este decreto trae consigo algunas modificaciones de la normativa que afectan directamente a las renovables.

Así, todos los nuevos proyectos sobre energías renovables deberán adaptarse a las nuevas normas recogidas en este RD.

Estos cambios en la ley afectan a aquellas organizaciones que sean promotores y desarrolladores de proyectos renovables, tanto si incluyen un sistema de almacenamiento como si carecen de este. Asimismo, también es de interés para aquellas empresas que sean instaladores de proyectos de potencia superior a 15kW, exceptuando las instalaciones de autoconsumo sin excedente. 

Veamos cuáles son los puntos principales que recoge el Real Decreto 1183/2020 que afectan a las renovables.

Principales aspectos del Real Decreto 1183/2020

Hay diferentes aspectos que se han visto modificados con la publicación del nuevo decreto. Estos están estrechamente relacionados con las fuentes de energía renovables y la instalación de sistemas que las utilizan.

Uno de los más importantes es la potencia instalada en los sistemas. La nueva normativa establece una nueva definición de potencia para las instalaciones fotovoltaicas. Esta debe ser la menor de la suma de las potencias unitarias de los módulos fotovoltaicos que configuran la instalación según norma UNE y la potencia máxima del inversor o la suma de las potencias de los inversores. 

Una definición de potencia para las instalaciones fotovoltaicas da solución a la problemática existente con los paneles bifaciales. Recordemos que son aquellas placas solares capaces de producir energía eléctrica por ambas caras.

Es importante tener en cuenta que el nuevo Real Decreto no implica el fin de la moratoria. Hasta que no se apruebe la Circular de la CNMC y estén en funcionamiento las plataformas online, continúa la moratoria sobre el otorgamiento de nuevos permisos de acceso y conexión que fue establecida en el Real Decreto-ley 23/2020.

Es importante tener en cuenta que el nuevo Real Decreto no implica el fin de la moratoria.

Un tercer aspecto que cobra especial importancia en el nuevo RD 1183/2020 es la inclusión de plataformas online por parte de los gestores de red. Este tipo de compañías, generalmente distribuidoras, deben dar a los solicitantes la posibilidad de ver el estado de las solicitudes de manera online.

Para ello, deben adaptar sus páginas web, incluyendo este apartado, o crear una plataforma nueva en un plazo de tres meses desde la publicación del RD. La información aquí ofrecida debe actualizarse periódicamente, tanto sobre el estado de las solicitudes como sobre la capacidad de acceso de cada nudo.

Un último cambio de la normativa que recoge el Real Decreto-ley 1183/2020 es la sustitución del interlocutor de red. Esta figura se mantiene operativa en aquellos proyectos que se iniciaran antes de la publicación de estas normas. Sin embargo, en todos los que sean posteriores, el interlocutor de red pasa a ser el Gestor de red.

Todas estas modificaciones de la ley mejoran el marco jurídico sobre proyectos de energías renovables, en los que se incluyen los proyectos de autoconsumo industrial y pequeños autoconsumos. En Enaltia Solar ya nos hemos adaptados a los nuevos cambios para poder seguir instalando sistemas fotovoltaicos de manera responsable.

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