Nueva propuesta de circular de la CNMC para el acceso y conexión a las redes por parte de productores de energía eléctrica

En un contexto de rápido desarrollo de la producción a partir de fuentes de energía renovables, en el que la capacidad en las redes constituye un factor decisivo a la hora de acometer nuevos proyectos, es necesario reducir la dispersión normativa y proporcionar una guía clara de los pasos a seguir para la obtención de los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución por parte de los productores de energía eléctrica.

En este sentido, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, hace una propuesta de circular con el objetivo de establecer el procedimiento y condiciones de acceso y conexión a las redes. Dicha propuesta se enfoca exclusivamente a los productores, dado el gran volumen de solicitudes de acceso de este tipo acumuladas en los últimos años. Y lo hace con la intención de ordenar y hacer posibles el elevado número de proyectos propuestos, en un marco de esfuerzo y apuesta nacional y comunitario sin precedentes en pro de la penetración de las energías renovables.

Esta propuesta persigue impedir la discriminación entre usuarios y favorecer la coordinación entre gestores y titulares de las redes de transporte y distribución, y titulares de las instalaciones de producción.

Procedimiento y tramitación de los permisos de acceso y conexión

Se contempla en la propuesta una tramitación conjunta mediante procedimiento único, Y que sea el propio solicitante o su representante legal quien se dirija directamente a los gestores de las redes. Quedando así eliminada la figura del interlocutor único de nudo como intermediario.

El orden de preferencia de las solicitudes quedará regido por el criterio de prevalencia, determinada por la fecha de presentación ante el gestor de la red, que deberá realizarse electrónicamente e incluir información técnica detallada para asegurar la viabilidad del proyecto.

En cuanto al depósito de garantía económica, se mantiene como requisito previo para la solicitud.

Introducción de concepto de ‘potencia complementaria’

Este concepto de potencia complementaria permitirá obtener permisos más allá del valor resultante de la aplicación de los criterios generales, a fin de maximizar la integración de energías renovables en nudos donde la utilización de la red es pobre. Igualmente se establecerá la obligación de permitir el uso compartido de las instalaciones de conexión.

Plazos de solicitud propuesto

La propuesta prevé un plazo no superior a 40 días para la presentación de la solicitud desde el día siguiente a la confirmación por parte de la Administración de aceptación de la garantía económica. El incumplimiento de cualquiera de los plazos será motivo de inadmisión de la solicitud. Si en 20 días, plazo reservado para requerimiento de subsanación, no se hubiera recibido este, la solicitud se considerará admitida a trámite.

Una vez admitida a trámite, será el gestor de la red quien deba valorar la capacidad de acceso y quien comunicará al productor solicitante el resultado del análisis en un plazo de 30 días (para tensión inferior a 36 kV) y de 60 días para tensión igual o superior a 36 kV.

La propuesta de la CNMC detalla también las actuaciones tras la obtención de los permisos y la caducidad de los mismos, que se contemplan en la propuesta en cinco años, con carácter general. Igualmente, contempla las obligaciones de publicación de información, y los procedimientos a aplicar para aquellos productores con garantías ya constituidas o en fase de tramitación de permisos a la entrada en vigor de la propuesta, cuando esta se produzca.

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