27 julio - 2020

El autoconsumo con excedentes se contempla dentro de la nueva normativa española sobre el autoconsumo fotovoltaico y que ha traído importantes novedades tanto para el autoconsumo industrial como el residencial. Algunas de las nuevas medidas han sido: la eliminación del famoso impuesto al sol, el autoconsumo compartido o el sistema de compensación por excedentes de autoconsumo fotovoltaico, en el que nos centramos en este post.

Si tienes una instalación de autoconsumo como solución energética, ¡estás de enhorabuena!, porque podrás recibir una compensación económica por parte de tu comercializadora eléctrica. ¿Quieres saber cómo? Aquí te dejamos las claves esenciales para beneficiarte de esta nueva modalidad de autoconsumo.

Antes de empezar, te vamos a poner en situación de todas las modalidades de autoconsumo. Actualmente existen dos modalidades de autoconsumo fotovoltaico:

  1. Autoconsumo sin excedentes: esta modalidad impide devolver los excedentes de consumo eléctrico a la red de distribución. A esto se le llama “sistema antivertido”.
  2. Autoconsumo con excedentes: estás instalaciones permiten, además de suministrar energía para el autoconsumo, inyectar excedentes de energía a las redes de transporte y distribución. Se distinguen dos modalidades:
    1. Autoconsumo con excedentes NO acogidas a compensación: los excedentes se vuelcan a la red y se obtiene por esta energía el precio fijado en el mercado eléctrico.
    2. Autoconsumo con excedentes ACOGIDA a compensación: en esta modalidad los excedentes de energía del autoconsumo no consumida serán compensados en la factura eléctrica, para mitigar el coste de la energía que el consumidor compre cuando su instalación no sea suficiente para su demanda energética. En este caso, la instalación debe ser menor a 100kW. y el resultado de la compensación en ningún caso podrá ser negativo.
  3. Autoconsumo colectivo: se refiere al grupo de propietarios que comparten una o varias instalaciones autoconsumo.

Una vez que ya tenemos claro las distintas modalidades de autoconsumo, ahora sí que sí vamos al núcleo para saber todo sobre cómo abastecerse de forma más sostenible y además ahorrar en la factura eléctrica.

Índice de contenido

Cómo funciona la compensación simplificada
Cómo acogerse al autoconsumo solar con excedentes con compensación
Requisitos

Ejemplo de ahorro en autoconsumo con excedentes y con compensacion

Cómo funciona la compensación simplificada

La compensación económica que recibimos con la modalidad de autoconsumo con excedentes se calcula de forma bastante sencilla. Es el resultado de calcular el valor económico de la energía que hayamos consumido y restarle el valor económico de la energía que hayamos vertido a la red.

Hay que tener muy presente algunos aspectos importantes para no llevarnos sorpresas al acogernos a esta modalidad. Es muy importante saber que el resultado nunca puede ser negativo. El mínimo para vender electricidad son 0Kw y su aplicación se realiza antes de impuestos. Además, cada mes el balance se reinicia.

 Esto es que si hemos producido mucha más energía excedentaria de la que hemos consumido de la red, no nos compensarán por ella. Podremos ahorrar entre un 65% y un 75% en la factura de la luz con esta modalidad, dependiendo de las horas de consumo y la cantidad de excedentes diarios, pero no nos lucraremos directamente con esta modalidad.

Cómo acogerse al autoconsumo solar con excedentes con compensación

El procedimiento para acogerse a esta modalidad es relativamente sencillo. Te lo explicamos a continuación:

  1. El primer paso que debemos dar es informar a la Consejería de Industria de nuestra comunidad autónoma y solicitarlo mediante formulario de cada comunidad autónoma.
  2. Cuando nos aprueben solicitud, la consejería enviará la documentación necesaria a la distribuidora para que nos den de alta.
  3. Finalmente, cuando la distribuidora nos lo comunique, pediremos el cambio.

Cuando ya estemos suscrito, la distribuidora será quien informe de los excedentes y la comercializadora será quien nos compense.

Requisitos

Existen una serie de requisitos para que finalmente nos den el visto bueno para sumarnos a esta nueva opción. Los requisitos previos que debemos cumplir serán:

  • Que la fuente de energía primaria sea renovable.
  • La potencia total no supere los 100 kW.
  • Que nos hayamos suscrito a un único contrato de suministro para el consumo asociado.
  • Habernos suscrito al contrato de compensación de excedentes de autoconsumo.
  • Que la instalación no perciba un régimen retributivo adicional.

Si necesitas más información para conocer cuáles son los requisitos que pide tu comunidad autónoma para solicitar el cambio de modalidad, puedes consultar la Guía Profesional de Tramitación del Autoconsumo en la web del Instituto de Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE).

  • ¿Necesitas ayuda para acogerte a la modalidad de autoconsumo con excedentes? Contacta con nosotros aquí y resuelve tus dudas.

Ejemplo de ahorro en autoconsumo con excedentes y con compensacion

Para clarificar un poco todo lo explicado y que no te quedes con ninguna duda te mostramos un ejemplo de autoconsumo con excedentes y con compensación, conectada a la red interior.

Pongamos el supuesto de que vives en una vivienda con instalación de autoconsumo fotovoltaico. Para optar a la modalidad de autoconsumo con excedentes con compensación necesitarás tener un contrato de compensación de excedentes con el productor. Cuando comuniques esta modalidad de autoconsumo, tendrás que enviar el contrato de compensación de excedentes a tu distribuidora/comercializadora.

¿Cómo funcionará la compensación?

Cuando tu consumo coincida con la generación fotovoltaica, no necesitarás comprar energía a la red. Por lo que utilizarás toda la energía generada por tu instalación de autoconsumo. Habrá horas en las que tu consumo es inferior a la energía generada, la sobrante volverá a la red como excedente. Habrá otras horas en las que tu consumo sea superior a la generación, por lo que necesitarás comprar energía de la red.

Al final de cada mes, la distribuidora registrará tanto la energía consumida como la excedentaria. Esta le proporcionará a la comercializadora toda la información y será la comercializadora quien realice la factura y compensación.

Cuando vayan a realizar la compensación económica, tendrán en cuenta el precio o valor de la energía comprada y le restarán el valor de la energía vertida a la red como excedente.

Si comparamos esta modalidad con otra donde no se tenga instalado un panel solar, podremos comprobar que el ahorro puede ser de hasta el 50%.